Hay dos defensas principales que comúnmente se presentan contra demandas por negligencia: negligencia contributiva y asunción de riesgo. En parte I de esta serie, analizamos las defensas en su conjunto y discutimos por qué es importante entender qué defensas pueden presentarse contra su reclamo. En parte II de esta serie, examinamos la negligencia contributiva y cuándo se aplica esa defensa. En nuestra tercera y última parte de esta serie, discutiremos la asunción de riesgo mientras completamos nuestra comprensión de las defensas en acciones por negligencia.
¿Qué es una asunción de riesgo?
Los dos tipos de asunción de riesgo – asunción de riesgo implícita y expresa – se aplican en diferentes casos. Para situaciones que involucran una asunción de riesgo expresa, existe un contrato escrito u oral entre dos partes que establece que nadie será considerado responsable por daños resultantes de una acción contratada. Aunque esta es una distinción importante, los casos de lesiones personales más a menudo involucran una asunción de riesgo implícita.
A diferencia de la asunción de riesgo expresa, la asunción de riesgo implícita no requiere un acuerdo previo entre el demandante y el demandado; la asunción de riesgo implícita es aplicable cuando la acción del demandante de participar en una actividad peligrosa o arriesgada demuestra que el demandante acepta el riesgo y renuncia a su capacidad de recuperar daños por lesiones que ocurran debido a la actividad.
Para una consulta legal con un abogado de lesiones personales, llama al 434-817-3100
¿Cuándo se aplica la asunción de riesgo?
Para que la asunción de riesgo sea aplicable en una demanda por negligencia, el demandante debe haber conocido el alcance y la extensión del riesgo de su acción; también debe haber aceptado voluntariamente ese riesgo. Incluso si el demandante no comete ningún acto negligente, en algunos casos todavía existe una asunción de riesgo que impedirá que el demandante reciba cualquier compensación por lesiones.
En nuestro ejemplo original de la descripción general, nuestro demandante participó voluntariamente en un juego de fútbol americano de contacto. Debido a que se sabe que pueden ocurrir lesiones por un tackle duro, aceptar jugar en el juego constituyó una asunción de riesgo implícita por parte de nuestro demandante. Simplemente al entrar en el juego, el demandante acordó renunciar a la responsabilidad de otros por cualquier lesión que resulte.
Sin embargo, supongamos que nuestro demandante participó conscientemente en un juego de fútbol americano de toque. Entró en este juego con el conocimiento asumido de que habría un contacto mínimo durante el juego y que no habría tackles. Si luego fuera derribado y lesionado, la asunción de riesgo no se aplicaría. Debido a que el juego comenzó bajo la pretensión de ser un juego de fútbol americano de toque, no un juego de fútbol americano de contacto, el demandante no tenía forma de conocer el verdadero alcance del riesgo que estaba asumiendo, y por lo tanto podría recuperar daños.
Llame a MartinWren para obtener apoyo después de su lesión
Después de una lesión, necesita asistencia legal para ayudarlo a comprender y recuperar los daños que se le deben. El experimentado equipo legal de MartinWren, P.C. Abogados está disponible y listo para representarlo. Los residentes del área de Charlottesville, Virginia pueden llamar a un Abogado de Lesiones Personales en Charlottesville VA para una consulta gratuita.
Para obtener más información, comuníquese con Robert E. Byrne, Jr. al (434) 817-3100.
Llame al 434-817-3100 o complete un Formulario de Evaluación del Caso